miércoles, 28 de marzo de 2012

SABOR AGRIDULCE...

Hola chic@s:

Nuestra más sincera enhorabuena a todos aquellos que habéis alcanzado el sueño de aprobar con plaza. 

Este es un día que muchos no olvidaréis, para bien o para mal, pero queríamos que supiérais que nosotros tampoco. Quizá el mejor adjetivo que podemos poner al día de hoy es el de "agridulce". ¡¡No podéis imaginar cómo vivimos nosotros esta jornada tan particular!!. Suena el telefono: un alumno pletórico con una alegría desbocada... Suena otra vez el teléfono: un alumno que, tras comentarnos que se ha quedado fuera, se le quiebra la voz y rompe a llorar desconsoladamente... Suena otra vez: otro alumno pletórico... A veces, estos contrastes se juntan incluso en el mismo minuto... Para vosotros también puede resultar agridulce: la alegría de haber aprobado y la pena de que vuestros compañeros de fatiga no o viceversa. En definitiva, es un día muy visceral y lleno de contrastes...

Y ahora que ya nos hemos desahogado un poco, queríamos que supiérais también (para el que todavía no se haya entereado) que aquí estamos nosotros, para atendereos a unos y otros y, en especial, a los que ahora estáis necesitados de apoyo.

No queríamos dejar de compartir el correo que le hemos remitido a un opositor desanimado que preguntaba sobre el futuro de estas oposiciones, sobre si sería concurso-oposición y sobre si le aconsejábamos seguir o no:

"Sobre el futuro de estas oposiciones lo único que hay claro sobre la mesa es que están congeladas para el 2012. ¿Habrá en 2013? Pues no se sabe. Estas oposiciones (hasta donde me alcanza la memoria) nunca han estado más de dos años sin convocarse. Eso supongo que ha sido así por las peculiaridades de la Administración de Justicia. Ten en cuenta, que, por regla general, no hay macrooficinas, sino juzgados con plantillas que oscilan entre los 7 y los 9 funcionarios. Si faltan 3 funcionarios de estas pequeñas plantillas, el juzgado no funciona y hay que sustituir a este personal ausente sí o sí. La prueba es que, pese al Decreto-Ley, que congeló la oferta de empleo para 2012 y el nombramiento de personal interino, éste sigue nombrándose en las mismas condiciones, al menos en Andalucía, que es el territorio que conozco más de cerca. Por tal motivo, particularmente, creemos que la Administración de Justicia no se sonstendría mucho tiempo sin convocatoria, pero esto es una opinión. ¿Concurso-oposición? Pues no sé de donde sacas eso. Muchas veces hay que distinguir las opiniones de los rumores. Yo puedo opinar o pensar que puede haber oposiciones en 2013 y que éstas sean concurso oposición para favorecer la entrada de interinos, pero eso es una opinión sin base legal ninguna, no un rumor, por muy lógica o previsible que sea mi opinión.

El que sigas o no preparándote es una decisión muy personal que debes tomar tú. Como preparador, mi interesa lógicamente que sigas, pero esto no lo es todo. Yo fui opositor antes que funcionario y he seguido muy de cerca muchos opositores que han flaqueado en momentos difíciles y que decidieron seguir o no. Mi opinión es que el que la sigue la consigue, y que el que un año se queda rozando el aprobado y sigue esforzándose lo normal es que al siguiente año sea el suyo, pero esto no siempre es así, porque hay muchas circunstancias a tener en cuenta. Pon en un lado de la balanza el tiempo y el esfuerzo que has invertido y en el otro lado lo que te queda por invertir, y si te merece la pena seguir hasta obtener la recompensa, que no es otra que la plaza. Esto es como una partida de cartas apostando en la que vas perdiendo: puedes continuar para intentar recuperar o retirarte con menos pérdidas; la diferencia es que aquí no queda todo en manos del azar.

Saludos y ánimo".

Dicho queda chic@s...

Ildefonso y Juan Pedro.

APROBADOS AUXILIO JUDICIAL

Acuerdo del Tribunal por el que se publican las relaciones de los opositores que han aprobado los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, y se convoca a la realización del ejercicio optativo de idioma autonómico y derecho foral.

28 de marzo de 2012
Puede consultar aquí sus notas, y obtener un certificado de las mismas accediendo a la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
 Logo de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia
Documentos asociados

TRAMITACION PROCESAL: QUITAN EL SEGUNDO CORTE Y MANTIENEN EL PRIMERO.

Acuerdo del Tribunal por el que se establece la puntuación mínima necesaria para superar la primera prueba del primer ejercicio del proceso selectivo.

28 de marzo de 2012
Documentos asociados
Acuerdo de 27 de marzo. (PDF. 86 KB)

martes, 27 de marzo de 2012

TRAMITACION O EL TRIBUNAL DE LA SIN RAZON

   Hola sufridores opositores, nunca mejor dicho:

   Hasta ahora nunca hemos criticado las decisiones de los Tribunales de oposiciones (al margen de comentarios particulares con alumnos), porque para eso son soberanos y la Ley les otorga el carácter de la "discreccionalidad" a la hora de evaluar, pero hay una cosa clara: que las bases de la convocatoria vinculan a todos, y, en especial, a los propios Tribunales.

   Son ya 19 años preparando y nunca hemos asistido a un espectáculo tan esperpéntico como el ofrecido por el Tribunal de Tramitación Procesal de esta convocatoria.

   Primero fue el ejercicio teórico con las preguntas de Registro Civil de la Ley de 1.957. 

   Las normas se pueden interpretar de la manera que se estime conveniente, porque son así, valorables, y en esta línea, podríamos a llegar a interpretar que, aún cuando claramente las bases de la convocatoria, o la propia aclaración del Ministerio de Justicia en su página web sobre qué ley del Registro Civil es objeto de exámen (o, incluso, la contestacion dada ex profeso a los sindicatos, en la misma línea, sobre esta cuestión), dejan claro que los Tribunales preguntarán sobre la Ley que se haya publicado en el BOE, esté o no en vigor, se podría, en un exceso interpretativo, llegar a concluir que esa norma no excluye el que también puedan preguntar de la otra Ley ya derogada, pero aún en vigor. Cabría, pero esa misma interpretación nos llevaría al sin sentido de haber exigido la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil y la nueva durante el período de vacatio legis de ésta, o que, cuando se publique la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, que seguramente tendrá suspendida su vigencia durante algunos meses o años, los opositores tengan que estudiarse las dos. Se podría interpretar, pero no tendría ni piés ni cabeza.

   Para eso no se modifican las bases de la convocatoria como se hizo en el año 2.006, en aras de la seguridad juridica a la que tiene derecho todo opositor, para establecer claramente que la ley objeto de examen es la publicada, y no la anterior, aunque aquélla no esté en vigor.

   Tampoco le hubiera costado ningún trabajo al Tribunal el razonar por qué preguntan de la Ley antigua, contradiciéndose claramente con el Ministerio de Justicia, o incluso, con el propio Tribunal de Auxilio, para así poder dar motivación a los opositores que crean oportuno impugnar dicho acuerdo.  

   Y ya, para colmo, el segundo ejercicio. 

   Nada tenemos que objetar al corte del ejercicio teórico, porque eso lo determina el número de plazas y el nivel de los opositores. Pero de ahí a establecer un corte discreccional en el ejercicio práctico como ha hecho el Tribunal, infringiendo claramente el Anexo I de la convocatoria donde se establece claramente que "Para superar la prueba se precisará un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la consideración de No aptos y no serán convocados al Segundo Ejercicio" es hacer malabarismos circenses. La Orden permite el establecimiento de un corte, nunca inferior a 50 puntos, en el ejercicio teórico. En el práctico no deja esa discreccionalidad al Tribunal: tienes 20 puntos, eres apto; no los tienes, eres No Apto. Así de claro y así de simple lo vemos.

   Ahora bien chica/os, esto que os decimos es nuestra humilde y particular opinión, pero sí os decimos que, repetimos, en muchos años que llevamos preparando, nunca hemos visto un despropósito tal como al que estamos asistiendo con este Tribunal de Tramitación.

   Lo reiteramos, las normas son interpretables efectivamente, pero eso no puede llevar nunca a hacer de lo blanco, negro; o al revés. Todo esto recuerda, y sin ánimo de hacer demagogia, aquella resolución que interpretaba el insulto del marido a la mujer de "zorra" como "astuta". 

   A eso hay que añadir el espectáculo del confusionismo al publicar en el día de hoy un acuerdo en la página del Ministerio, y retirarlo a las pocas horas, sin aclaración ninguna. Tan solo, el teléfono del Ministerio que aclara que se trata de "labores de mantenimiento de la página", cuando la página está operativa, pero sin el acuerdo publicado.

   No se puede jugar así con la ilusión, la inversión y el futuro de miles de personas. Esperemos un rectificación en tiempo y forma.

                                                                  Ildefonso Bazán Sánchez y Juan Pedro García Bazán

     

SOBR"E/A" LA RETIRADA DEL ACUERDO CON LOS CORTES DE TRAMITACIÓN

Hola chic@s:

Si alguno ha intentado acceder ahora o en las horas previas para consultar los cortes de Tramitación Procesal, habrá podido comprobar que ya no existe tal acuerdo.

Nos hemos puesto en contacto con el Ministerio de Justicia y nos informan de que la retirada del documento no se debe a ninguna modificación en cuanto a su contenido, sino que están realizando tareas de mantenimiento y modificaciones técnicas en la web.

En cualquier caso, no está de más que, una vez vuelva a estar disponible el documento, comprobemos que no ha sufrido modificaciones...