viernes, 17 de octubre de 2014

PRÓRROGA DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE REGISTRO CIVIL

Hola chic@s:

En el día de hoy se ha publicado en el BOE la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Entre otras medidas, en lo que a nosotros interesa, en esta Ley aprueba las siguientes medidas:

  •  Prórroga de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil: En este sentido, esta Ley, en la parte que al día de la publicación del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, no hubiera entrado en vigor, lo hará el día 15 de julio de 2015.
  • Llevanza del Registro Civil: A partir de la entrada en vigor en su totalidad de la Ley del Registro Civil, éste estará encomendado a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, por razón de su competencia territorial. Dichas oficinas se denominarán Oficinas del Registro Civil y Mercantil.
  • Modificaciones de la Ley del Registro Civil: El Gobierno promoverá, en el plazo más breve posible, las modificaciones de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, necesarias para su adecuación a la llevanza del Registro Civil por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, incluyendo las reglas de competencia para la inscripción de los hechos y actos que deban acceder al Registro Civil y el régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia destinado actualmente en el Registro Civil.
Tendremos que estar muy atentos a estas modificaciones, en especial en lo que respecta al régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia, ya que, si los funcionarios de justicia son definitivamente apartados de todo lo relacionado con el Registro Civil, lo lógico sería la supresión de estos temas del programa de la oposición.Os tendremos puntualmente informados...

Tú sólo estudia