miércoles, 8 de febrero de 2017

ÚLTIMA HORA SOBRE EL REGISTRO CIVIL



Hola chic@s os reproducimos a continuación la información que han hecho pública los sindicatos. Prestad especial atención al punto 11, que os hemos resaltado en negrita. ¿Significará que os examinaréis otra vez de la legislación antigua? ¿Otra vez la Ley de 1957 y el Reglamento de 1958? El tiempo lo dirá... ;)

"El Ministerio de Justicia ha propuesto un modelo de Registro Civil fundamentado en 12 puntos principales y una modificación mínima de la Ley 20/2011.

Los puntos principales son:

1.- Registro Civil Público
2.- Registro Civil Gratuito
3.- Registro Civil único en todo el estado
4.- Registro Civil integrado en la Administración de Justicia respetando las funciones de los funcionarios de Justicia sin menoscabar sus derechos profesionales. En el Registro Civil sólo desempeñarán funciones, Letrados de la Administración y Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia.
5.- Desjudicialización
6.- El Registro Civil se encargará a los Letrados de la Administración de Justicia, que ocuparán puestos en servicio activo adscritos a la jurisdicción civil. Los Letrados de los Registros Central y Exclusivo asumirán directamente las funciones de los Magistrados encargados. Los Letrados de los Registros que comparten tareas jurisdiccionales asumirán las funciones de encargado y, mantendrán las relacionadas con la jurisdicción.
7.- Ha de buscarse una salida profesional adecuada a los Magistrados de los Registros Civiles Exclusivos.
8.- Se mantiene la demarcación territorial actual del Registro Civil, es decir, los 431 Registros Civiles principales actuales que pasarán a llamarse Oficinas Generales de Registro Civil.
9.- Los Juzgados de Paz mantienen sus funciones como oficinas delegadas del Registro Civil.
10.- Está en proceso de creación, una aplicación informática que soporte el Registro Civil de folio único. En principio, no estará lista para la entrada en vigor de la nueva ley, por lo que habrá un período de transición en el que se seguirá utilizando INFOREG como se utiliza ahora.
11.- El derecho que se aplicará mientras se elabora la aplicación informática nueva, será el vigente en estos momentos, la ley de 1957.
12.- Se mantiene la relación funcional entre la Dirrección General de Registros y del Notariado y los Encargados del Registro Civil
".

Tú sólo estudia