Hola chic@s:
Ahora que está al caer la convocatoria de bolsa (según hemos podido saber por lo que se ha filtrado de la mesa celebrada en el día de hoy entre Administración y Sindicatos), es conveniente ir conociendo la normativa para ir recabando la documentación que deberéis aportar. Para más señas, según parece se procederá a la convocatoria de la bolsa de Justicia de Andalucía, con la consiguiente apertura de plazo para echar la instancia, a principios de mayo.
Perdonadnos aquellos a los que no os interesan las noticias relacionadas con la bolsa de Andalucía que seamos tan insistintes con la misma, pero viene con varios años de retraso y muchas personas que siguen este blog están esperando información al respecto.
DIEZ CUESTIONES CUYA RESPUESTA DEBERÍAS
CONOCER
1) ¿Quién puede integrar las nuevas bolsas de
interinos de Justicia de Andalucía?
1º) Los que hubieren aprobado alguno de los ejercicios de las
oposiciones a Gestión Tramitación, Auxilio o Médicos Forenses.
2º) Los que hubiesen prestado servicio un mínimo de 360 días naturales
en los cuerpos de Gestión Tramitación, Auxilio o Médicos Forenses.
2) ¿Cuáles serían los méritos valorables?
2.1. EXPERIENCIA.- Con un máximo de 90 puntos.
· Por experiencia en el cuerpo que
se solicita a razón de 0,50 puntos por mes trabajado.
· Por experiencia en un cuerpo superior al solicitado 0,30 puntos por mes
trabajado.
· Por experiencia en un cuerpo inferior al solicitado 0,20 puntos por mes
trabajado.
· También para el cuerpo de Gestión se valorara la experiencia como juez, fiscal o secretario sustituto.
2.2. SUPERACION
PRUEBAS SELECTIVAS.- Con un máximo de 74 puntos.
* Por haber superado todos los ejercicios de acceso al cuerpo sin
superar el proceso selectivo en las dos últimas ofertas de empleo: 74 puntos.
* Por haber superado el primer y segundo ejercicio de la última o
penúltima oposición convocada para acceder al Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa y Cuerpo de Médicos Forenses, correspondiente a la bolsa
solicitada: 37 puntos.
* Por haber aprobado el primer ejercicio de la última o penúltima
oposición convocada para acceder al cuerpo correspondiente a la bolsa
solicitada: 10 puntos por cada uno.
* Por haber aprobado algún ejercicio de las oposiciones para acceder al
cuerpo correspondiente a la bolsa solicitada, con anterioridad a la penúltima
oposición: 10 puntos por cada uno.
* Por haber aprobado algún ejercicio de las oposiciones del cuerpo
superior: 4 puntos por cada uno, y en el cuerpo inferior: 3 puntos por cada
uno.
2.3. POR
TITULACIONES.- Con un máximo de 20 puntos.
Sólo se valorará
como mérito un título académico de nivel superior al exigido como requisito de
acceso al Cuerpo al que se pretende acceder, de la forma siguiente:
a) Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
• Licenciatura o grado en Derecho: 20 puntos.
• El resto de licenciaturas o grados: 8 puntos.
b) Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
• Licenciatura o grado en Derecho: 20 puntos.
• Haber superado
los tres primeros cursos de la licenciatura o grado en Derecho; y las
diplomaturas o grados de Trabajador Social, Relaciones Laborales, Criminología
y Gestión y Administración Pública: 10 puntos.
• Otros grados, licenciaturas y diplomaturas: 8 puntos.
c) Cuerpo de Auxilio Judicial.
• Licenciatura o Grado en Derecho: 20 puntos.
• Haber superado
los tres primeros cursos de la licenciatura o grado en Derecho; y las
Diplomaturas o Grados de Trabajador Social, Relaciones Laborales, Criminología
y Gestión y Administración Pública: 18 puntos.
• Otros grados, licenciaturas y diplomaturas: 10 puntos.
• Bachiller o equivalente: 8 puntos.
2.4. FORMACIÓN
ESPECÍFICA, en los diez últimos años, hasta un máximo
de 16 puntos,
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos
contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y
que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en
formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de
los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como
los organizados por el Consejo General del Poder Judicial.
Continúa en las
Administraciones Públicas, así como los organizados por el Consejo General del
Poder Judicial.
Los cursos,
certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas y aquellos
de diez o menos horas no se valorarán.
Los cursos de igual
contenido sólo se valorarán una vez, excepto aquellos cursos cuyos contenidos
hayan sufrido modificaciones normativas. La puntuación adicional por
aprovechamiento, para su reconocimiento, ha de venir expresada en el título,
diploma o certificado.
Horas de curso
|
Puntuación
|
|
|
Con aprovechamiento
|
Sin aprovechamiento
|
De 11 a
29
|
1,00
|
0,50
|
De 30 a
59
|
1,50
|
0,75
|
De 60 a
39
|
2,00
|
1,00
|
De 100 o más
|
3,00
|
1,50
|
Nota.- la valoración de meritos es mediante
autobaremación en la solicitud de participacion a cada bolsa de trabajo, siendo
vinculante para la persona solicitante.
3) ¿Qué documentación se une a la solicitud para
ingresar en la bolsa?
Se une toda la documentación
acreditativa de los requisitos del art.
4 y 5, mediante copia que diga “es copia fiel del original”. No hará falta
presentarla si consta en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.
4) ¿Cuándo se entrega la documentación original de
los requisitos y méritos baremables?
Cuando se te
convoque para el llamamiento, para su cotejo. La falta de su presentación
supondrá la baja automática de la bolsa.
5) ¿Quién tiene que presentar solicitud para
pertenecer a las nuevas bolsas de cada provincia?
Todos los funcionarios interinos de las actuales bolsas de trabajo estén
o no trabajando, así como las personas que cumpliendo los requisitos generales,
tengan los 360 días de servicio o tengan
aprobado algún ejercicio de las oposiciones.
6) ¿Puedo trasladarme de una bolsa de una provincia
a otra de Andalucía?
Solamente hay dos casos para poder hacerlo uno en los supuestos de
violencia de género y otro por agrupación familiar y no puedes volver a la
bolsa de origen.
7) ¿En cuántas bolsas provinciales y cuerpos puedo
estar?
Solamente podrás estar en una bolsa provincial y en un solo cuerpo.
Excepto en las provincias donde haya bolsas de zona.
8) ¿Cómo se hacen los llamamientos?
Cuando existan puestos a ser cubiertos por interinos, se agruparan los
mismos, convocándose a un numero de interinos, al menos, superior al 10% de
plazas a cubrir. La convocatoria se realizara por correo electrónico.
9) ¿Qué documentación se une a la solicitud para
ingresar en la bolsa?
Se une a la solicitud la
documentación acreditativa de los
requisitos del art. 4 y 5, mediante copia que diga “es copia fiel del
original”. No hará falta presentarla si consta en el Registro General de
Personal de la Junta
de Andalucía.
10) ¿Cuándo cese un
interino se reincorpora a la bolsa de trabajo?
Sí, aunque cuando el personal funcionario interino
haya prestado de forma acumulada sus servicios al menos durante 360 días
naturales, a contar desde el último cese, no procederá un nuevo nombramiento
hasta transcurridos 120 días naturales desde su cese, salvo que la bolsa del
Cuerpo de que se trate estuviere agotada, en cuyo caso no se tendrán en cuenta
los plazos establecidos en este apartado, sin que resulte necesario acudir a las
reglas previstas en el artículo 3.4 de la presente Orden.
ATENCIÓN: LA ANTERIOR INFORMACIÓN
ES UN EXTRACTO Y MERAMENTE ORIENTATIVA. ACONSEJAMOS, LLEGADO EL MOMENTO, HACER
UNA LECTURA ANTENTE DE LAS BASES. ¿O ES QUE LA OCASIÓN NO LO MERECE?